El ictus, como hemos mencionado con anterioridad (pero
consideramos de gran utilidad repetirlo) es una urgencia médica. Debe
ser atendido precozmente por personal médico cualificado, conocedor de
este tipo de enfermedad:  un neurólogo. El hospital, por su
dotación de personal y recursos materiales diagnósticos y terapéuticos,
es la única institución sanitaria adecuadamente preparada para atender
un ictus en su fase aguda. Por todo ello, resulta inoperante e incluso
perjudicial, para la situación funcional futura del paciente, demorar
en pasos intermedios (médico de cabecera, centro de salud, etc.) su evacuación al hospital.

En la actualidad, se dispone de tratamientos que, aplicados
muy precozmente en algunos tipos de ictus,  son capaces de
revertir sin secuelas todos sus síntomas. «A mayor precocidad en el
inicio del tratamiento, mayor posibilidad de reducir el daño cerebral
irreversible.»

A su llegada al hospital, normalmente en el servicio de
urgencias, el médico que le atienda confirmará el diagnóstico de ictus.
Para ello realizará una historia clínica completa, donde se recogerán,
del propio paciente y/o de sus familiares o acompañantes, sus
antecedentes personales y familiares, sus factores de riesgo, los
detalles del inicio y la progresión de los síntomas y el tiempo
transcurrido hasta su llegada al hospital; además llevará a cabo una
exploración física general y neurológica. Habitualmente su médico
indicará la realización de una serie de pruebas consideradas de rutina
(análisis de sangre, electrocardiograma, radiografía de tórax y,
frecuentemente, un escáner cerebral). Con los datos obtenidos en la
historia clínica, la exploración física y los resultados de estas
pruebas es posible conocer el tipo de ictus, el territorio vascular
cerebral afectado y, en un porcentaje elevado de casos, su causa.

De este modo podrá iniciarse el tratamiento más conveniente y
adecuado para cada caso. Salvo excepciones (demencia grave, situación
de dependencia por ictus previos o enfermedad terminal coincidente)
relacionadas con la calidad de vida previa, que aconsejen una atención
menos especializada, el ictus en fase aguda será ingresado en el
hospital, preferiblemente en salas de neurología, con personal médico y
de enfermería capacitado para ofrecer los mejores cuidados a estos
pacientes, y preferiblemente en unidades de ictus, desarrolladas en los
servicios de neurología. Éstas ofrecen un método de trabajo uniforme,
especializado y protocolizado, y han demostrado mejorar los resultados,
en cuanto a la mortalidad y a las secuelas funcionales tras el ictus,
hasta en el 30%.

El ingreso hospitalario de un paciente que acaba de presentar
un ictus debe perseguir los siguientes objetivos:

  • Aplicar el tratamiento más idóneo para cada caso, que
    permita estabilizar la situación general y neurológica del paciente y
    reducir al mínimo posible las secuelas funcionales futuras.
  • Asegurar la alimentación por vía enteral (sonda
    nasogástrica) o parenteral (por vía intravenosa) en aquellos casos en
    que la deglución se vea afectada como consecuencia del ictus; así se
    previene la desnutrición y la deshidratación.
  •  Llegar a un diagnóstico preciso y en un plazo
    razonable, que especifique el tipo de ictus, el territorio vascular
    implicado y las causas, en aquellos casos en los que con las pruebas
    iniciales no se haya conseguido. Para ello, con frecuencia, es
    necesario realizar nuevas pruebas complementarias o repetir alguna de
    las ya realizadas.
  • Prevenir y tratar convenientemente cuando se presenten las
    complicaciones que pueden sobrevenir en la fase aguda del ictus.
  •  Iniciar precozmente el programa de rehabilitación
    y readaptación a la nueva situación personal, implicando en la medida
    de lo posible a la familia.
  •  Iniciar las pautas de modificación de los
    factores de riesgo previos para prevenir recurrencias futuras.